viernes, 13 de marzo de 2015

Solicitan se aplique nueva vacatio legis a la Ley de Aduanas


Cipriana Ramos, presidenta de asuntos aduanales de Consecomercio destacó que la reformada Ley Orgánica de Aduanas (LOA) tiene muchos vacíos jurídicos por lo que tienen dudas sobre la aplicación de la norma que fue aprobada vía habilitante, que hasta los momentos no han sido respondidas por los entes oficiales. 

Asegura que la normativa tiene medidas restrictivas y punitivas que amenazan la actividad aduanera en el país por lo cual los trabajadores solicitan que sea aplicada una nueva vacatio legis para que el sector se reúna, la discuta y se hagan las correcciones necesarias.

El sector pide poner la ley en stand by para revisarla a fondoRamos asegura que las sanciones y multas establecidas en la reformada ley pudieran llevar a la suspensión y revocatoria de los auxiliares de la administración aduanera, por causas que escapan de sus manos por factores externos inherentes al comercio internacional y hasta al propio Seniat.

La ley especifica que hay que hacer una Declaración Anticipada de Información (DAI) con un lapso comprendido entre quince a dos días antes de la llegada de la mercancía cuando sea por vía marítima y entre quince a un día antes de su llegada cuando sea por vía aérea o terrestre, esto se hace mediante internet, sin embargo acotó el pasado jueves no había sistema para realizar la DAI “y si vas a la aduana te dicen que si no transmites te multamos” explicó.

La DAI tiene elementos positivos, como la gestión de riesgos y la preliquidación para despacho directo de productos esenciales, que el Sidunea durante más de 10 años de funcionamiento aun no contemplaba, pero impide a un productor o empresa que requiera un repuesto con urgencia enviarlo con esa premura y al constituir parte de sanción tan severa como suspensión o revocatoria obscurece sus bondades, aseverá.

La no declaración dentro del lapso establecido (5 días hábiles) cuando llega la mercancía al país puede ocurrir porque el importador no ha recibido los documentos, porque Bolipuertos no ha entregado el acta correspondiente, o porque el Seniat no ha autorizado el vaciado del contenedor, pero aún así esta situación hace acreedor al importador y al agente de aduanas de una multa por 50 UT, pero este último puede sufrir una suspensión temporal o revocación de la autorización si le han aplicado dos o tres sanciones.

Lee más en: http://www.elmundo.com.ve/noticias/economia/politicas-publicas/solicitan-se-aplique-nueva-vacatio-legis-a-la-ley-.aspx 

No hay comentarios:

Publicar un comentario