miércoles, 5 de septiembre de 2012

Cadivi establece requisitos y trámites para operaciones de exportación


La Comisión de Administración de Divisas (Cadivi) estableció, a través de una providencia en la Gaceta Oficial, número 40.000, los requisitos y trámites para operaciones de exportación.

Según esta resolución, Cadivi podrá requerir la información, o recaudos que considere pertinentes, en documentos originales, copias o por vía electrónica. Dicha documentación sera remitida a través del operador cambiario autorizado, el cual deberá emitir mensualmente la relación detallada de la venta de las divisas.

El Banco de Comercio Exterior (Bancoex) deberá publicar a Cadivi el cronograma de pagos de sus programas de financiamiento.

Los microempresarios deberán cumplir con todos los requisitos cuando sus operaciones de exportación excedan la cantidad de 10 mil dólares mensuales.

Los usuarios que realicen actividades, con financiamiento otorgado por Bancoex, deberán emitir las planillas indicadas en los artículos 14,15 y 25 de la providencia publicada.

Cada usuario deberá registrar la exportación a través del portal electrónico de Cadivi y tendrá que remitir al organismo, dentro de los primeros 20 días de cada mes, la documentación respectiva de las actividades realizadas el mes anterior.

Según expresa esta resolución, en su artículo 21, los exportadores podrán retener y administrar hasta un máximo del 30% del ingreso que perciban en divisas.

Además, en el artículo 25 expresa que Cadivi "gozará de las más amplias facultades de inspección y supervisión, tanto a los usuarios, como a los operadores cambiarios autorizados".

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